
Entre 30 y 40 años, hombre o mujer, casado o con responsabilidades familiares, con unos ingresos medios y predominantemente urbano. Este es el perfil del cliente del seguro de vida “riesgo” o fallecimiento.
El interés por garantizar unos ingresos en caso de invalidez permanente o muerte del cabeza de familia supone el principal motivo para adquirir este producto financiero. La demanda, no obstante, no se limita a quienes tienen hijos bajo su responsabilidad y cada vez más personas sin cargas familiares lo contratan.
Asimismo hay que tener en cuenta que con el paso a la treintena muchos españoles firman algún tipo de préstamo ya sea por hipotecas, créditos personales, coches, etc. que sobrelleva, ocasionalmente, la suscripción obligatoria de seguros de fallecimiento.
Los números representan a la perfección la magnitud del negocio. En España hay cerca de 17 millones de seguros destinados a cubrir contingencias de muerte o invalidez y el ahorro gestionado en seguros de vida individuales creció en 2003 un 6,38% y superó al cierre de dicho ejercicio los 65.000 millones de euros.
Dentro de los diferentes tipos de los seguros de vida (Unit Link, jubilación, etc.), el de fallecimiento es el más popular en España, en el que Cataluña, Asturias, Canarias y Navarra son las comunidades en las que se registra un mayor número de asegurados.
El progresivo interés por asegurar el futuro ante cualquier cambio se ve reflejado también en el hecho de que España se ha convertido en siete años (entre 1996 y 2002) en el quinto país que más dinero dedica a primas de seguro, según datos recogidos en la última memoria de Unespa, la patronal del sector asegurador en España, correspondiente al año 2002. Desde 1996, las primas de seguros de vida en nuestro país se han incrementado un 165,4%.
De esos 17 millones de seguros predestinados a cubrir eventualidades de muerte o invalidez, la mayoría nunca se llega a cobrar. Esto ocurre ya que los beneficiarios desconocen su existencia. Esta falta de información da lugar a que las aseguradoras sean las grandes beneficiadas del fallecimiento de sus clientes: si nadie reclama el cobro de un seguro, evitan solventar importantes cantidades de dinero que pasan a desarrollar sus cifras de beneficios.
Tras cuantiosas peticiones por parte los consumidores y de diferentes asociaciones y organismos, la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP) ha elaborado un Anteproyecto de Ley por el que se crea un Fichero Informativo de Seguros con Cobertura de Fallecimiento de Personas Fallecidas.
Este anteproyecto ha sido ya expedido por el órgano de control a cada una de las partes que integrarán el grupo de trabajo: la propia DGSFP, UNESPA, el Ministerio de Justicia, la Confederación Española de Mutualidades (CEM) y varias organizaciones de consumidores.
Dicho Fichero pretende aportar información para que pueda conocerse por los posibles interesados si una persona fallecida tenía contratado un seguro o varios por fallecimiento y el nombre de la entidad con la que lo tiene registrado.
En iniciación, el acceso sólo será posible tras el fallecimiento del asegurado, previa acreditación de tal acontecimiento y siempre que haya transcurrido un tiempo mínimo para preservar la intimidad y evitar el mal uso de la información. La gestión del fichero se llevará en el Registro de Actos de Última Voluntad.
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